Según la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 del Indecopi, la empresa incumplió el deber de idoneidad establecido en el Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley N°29571) y en la Ley que Regula a la Comercialización, Consumo y Publicidad de Bebidas Alcohólicas (Ley N°26681). Puedes leer: Advierten no consumir dos bebidas de marca “Punto D Oro” por su contenido de metanol Mediante la Resolución N°2382-2022/CC2, el Indecopi también ordenó a la empresa implementar un protocolo para que no venda bebidas alcohólicas a menores de edad en sus establecimientos comerciales, además de capacitar a su personal que brinda atención al público, a fin de que no se repita este accionar. Cabe señalar que esta decisión corresponde a la primera instancia resolutiva del Indecopi y que la empresa se encuentra en el plazo legal para apelar ante la Sala Especializada en Protección del Consumidor, segunda y última instancia. Accede a la resolución en el siguiente enlace. Más en Andina: “Habla Franco” brinda recomendaciones para evitar el consumo de alcohol adulterado ?? https://t.co/CCA1b7T0Os Servicio de @DEVIDAPERU cuenta con la línea gratuita 1815 donde brinda información y orientación en temas de drogas. pic.twitter.com/mOb7GlJcFg

— Agencia Andina (@Agencia_Andina) October 20, 2022 (FIN) NDP/SQH/RRC JRA Publicado: 10/11/2022


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